En aviación civil, hoy en día, se converge hacia una navegación cada vez más sostenible. Iniciativas como el Cielo Único Europeo vienen a refrendar esta intención compartida tanto por la mayoría de los Estados de nuestro continente como por las compañías aéreas. Pero hay contingencias que impiden, a veces, que la ruta más lógica pueda realizarse. Hoy vamos a hablar de las zonas de exclusión aérea.
¿Qué son las zonas de exclusión aérea?
Son áreas en las que el vuelo está prohibido. Los motivos pueden ser variados. Aunque lo habitual es que sea el propio Estado al que pertenece el espacio aéreo quien decida si se puede o no sobrevolar el territorio, lo cierto es que puede haber, puntualmente, terceros que sean quienes asuman esa responsabilidad.
La zona de exclusión aérea se abrevia como NFZ, por sus siglas en inglés (No-Fly Zone). Como decíamos, suele ser el Estado al que pertenece ese espacio quien lo regula, algo que se estipula en el artículo 9 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional:
Cada Estado contratante puede, por razones de necesidad militar o de seguridad pública, restringir o prohibir uniformemente los vuelos de las aeronaves de otros Estados sobre ciertas zonas de su territorio, siempre que no se establezcan distinciones a este respecto entre las aeronaves del Estado de cuyo territorio se trate, que se empleen en servicios aéreos internacionales regulares, y las aeronaves de los otros Estados contratantes que se empleen en servicios similares. Dichas zonas prohibidas deberán ser de extensión y situación razonables, a fin de no estorbar innecesariamente a la navegación aérea. La descripción de tales zonas prohibidas situadas en el territorio de un Estado contratante y todas las modificaciones ulteriores deberán comunicarse lo antes posible a los demás Estados contratantes y a la Organización de Aviación Civil Intemacional.
Por tanto, hay ciertas normas a la hora de fijar una zona de exclusión aérea:
- Que dicha restricción afecte por igual a las aeronaves del propio Estado y a las foráneas.
- Que no sean excesivas en extensión o ubicación.
- Que se comunique esta nueva situación cuanto antes a los organismos correspondientes.
Eso sí, el espacio aéreo, en tanto que zona perteneciente al Estado en cuestión, se rige por el principio de soberanía estatal; por ello, salvo excepciones que vamos a ver, le corresponde a él decidir sobre su uso.
¿Por qué se establecen zonas de exclusión aérea?
Normalmente, las zonas de exclusión aérea se estipulan por cuestiones de seguridad. Por ejemplo, en casos de conflicto bélico o riesgo de ataque terrorista. Se trata de proteger tanto a los ciudadanos que habitan bajo ese espacio como a los que lo sobrevuelan. Pero también puede haber otros motivos de tipo militar (entrenamiento de pilotos, por ejemplo) y hasta ecológicos (preservar una determinada zona de emisiones de CO2) o de protección del Patrimonio.
En el apartado anterior hemos mencionado que a veces puede ser un tercero el que asuma la exclusión aérea en un Estado, incluso contra su voluntad. Puede deberse, en países en conflicto, a que estos hayan pretendido usar la aviación militar para atacar a la población civil, o que impidan que se le facilite a esta última ayuda humanitaria que llegue por aire. Estos casos están recogidos en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y en ellos, garantizar la paz o el bienestar ciudadano se impone sobre la soberanía.
Algunos ejemplos
Por seguridad y sin consentimiento del Estado dueño del espacio aéreo. Como nuestro país no está ni ha estado en conflicto en mucho tiempo, los ejemplos que existen están fuera de nuestras fronteras:
- La primera vez que se definió este concepto fue en el periodo de la Guerra Fría. Estados Unidos lo aplicó en el espacio aéreo de Iraq tras la guerra de 1991. Aquí se hizo sin el consentimiento del Estado (Iraq).
- Las guerras de Bosnia y Libia.
Por voluntad del propio Estado (casos españoles):
- No se pueden sobrevolar el Palacio Real ni el Campo del Moro por debajo de los 1.220 metros, por motivos de preservación del Patrimonio.
- Por motivos de seguridad, son zonas de exclusión aérea las centrales nucleares en un rango entre los 1.000 y los 1.800 metros.
- Son zonas de exclusión aérea algunos de los parques nacionales y otros espacios naturales, por motivos medioambientales. Algunos ejemplos son el Delta del Ebro, las marismas de Huelva, el parque de Cabañeros en Toledo o la Caldera de Taburiente. Se trata de preservar la fauna y la flora de estos espacios privilegiados.
Las zonas prohibidas o restringidas y sus códigos
Enaire clasifica así este tipo de zonas:
- P. Zonas prohibidas para el vuelo comercial (aunque permitidas para el Ministerio de Defensa).
- R. Zonas restringidas. No pueden ser sobrevoladas salvo en situaciones de emergencia o si obtienen un permiso.
- D. Zonas peligrosas. En estos casos, si se trata de una zona puntualmente restringida, el piloto recibirá en su plan de vuelo en qué momento van a tener lugar las actuaciones que impidan que la aeronave atraviese ese espacio.
Imagen | Дмитрий Ларичев